La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), revocó el acuerdo emitido por el Instituto Nacional Electoral (INE) que impedía al presidente Andrés Manuel López Obrador hablar sobre elecciones.
Este miércoles, el Tribunal determinó que el INE “se excedió” en su decisión contra el presidente.
El pasado 15 de enero, el Consejo General del INE emitió medidas cautelares contra López Obrador y todos los servidores públicos para no opinar públicamente sobre el proceso electoral 2021.
Por mayoría de votos, el TEPJF consideró “parcialmente fundados” los argumentos de impugnación del Ejecutivo.
La Sala Superior determinó que el acuerdo impuso medidas “de no repetición” que requieren un estudio de fondo.
En ese sentido, el INE excedió sus funciones cautelares con un acuerdo inhibitorio, determinó el Tribunal.
Además, el Tribunal señaló que la resolución del INE debió ser exclusiva para el presidente y no para cualquier servidor público.
Sin embargo, la Sala Superior indicó que esta resolución “no prejuzga ni representa un pronunciamiento” del Tribunal sobre los comentarios de López Obrador en sus conferencias matutinas.
Por su parte, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña explicó los motivos de la resolución del Tribunal.
En su cuenta de Twitter, el magistrado reiteró que el INE excedió sus funciones y delegó responsabilidades que le competen sobre el tema.
Con la resolución del Tribunal, no existe por ahora restricción contra el presidente para pronunciarse sobre las próximas elecciones de junio.
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