Definitivo, los ayuntamientos de Ixmiquilpan y Acaxochitlán tendrán procesos electorales extraordinarios, así lo confirmó la Sala Regional Toluca, al reafirmar las sentencias emitidas por el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH), en el que declara la nulidad del proceso electoral ordinario.
Este domingo, el pleno resolvió el asunto relacionado con la elección de Ixmiquilpan en la que coincidió con el TEEH, en el sentido de que se vulneraron los principios de equidad, imparcialidad y neutralidad, toda vez que el candidato que había resultado ganador de la contienda, Vicente Charrez Pedraza, realizó actos anticipados de campaña y se acreditó que utilizó recursos públicos a su favor.
“Manejó recursos públicos a través del goce y disfrute de una casa que fue utilizada por la organización civil Avance, encabezada por Vicente Charrez”, explicó el magistrado David Avante.
En lo que hace a los actos anticipados de campaña, se explicó que, al aparecer en la inauguración de obras públicas y entregas de las mismas, como la persona que las gestionó, favoreció su promoción e impactó en el ánimo de las personas a su favor, hecho prohibido por la ley electoral, que establece que nadie debe tener una ventaja indebida.
“El nexo causal es que el candidato se benefició de que él había gestionado las obras, no es conducta de omisión, ni de tolerancia, fue una acción consciente, desplegada, que formó parte de la sobreexposición provocada por las autoridades municipales”, en este caso hermano del candidato.
Respecto a la petición de la excandidata del Partido Encuentro Social de inhabilitarlo para que no ocupe nuevamente una candidatura, la magistrada y magistrados explicaron que no se podía acceder, porque la Sala Superior emitió una resolución en la que estableció que dicha prohibición debe derivar de un juicio.