En términos beisboleros (que tanto le gustan a nuestro presidente), la SCJN bateó de HomeRun y le dijo !No, no, no, no, no, Nooo! !Díganle que no a esa propuesta energética!
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Esta vez, la 4T se topó con pared, después de que la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación anulara lo esencial de la política pretendida por la Secretaría de Energía.
Se trata del acuerdo sobre la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional, publicada por la SENER en el Diario Oficial el 15 de mayo del 2020.
¿De qué va esta iniciativa?
Bajo el argumento de decir que solo la Comisión Federal de Electricidad puede asegurar el correcto abastecimiento de energía en el país, pretenden meterle el pie a los competidores extranjeros y hacerlos “competir” en un escenario de desventajas.
Así lo dijo la secretaria de Gobernación Olga Sánchez Cordero en la mañanera del día de hoy:
¿Cuál fue la respuesta de la Suprema Corte?
La respuesta de la SCJN, ante tal iniciativa, con cuatro votos a favor y uno en contra, echaron abajo la política energética promovida por la SENER, por considerarla “un beneficio indebido a CFE”.
Pero no solo se beneficia a la Comisión Federal de Electricidad (CFE), también se beneficia a la SENER y a la CENACE, con atributos como para conectar y desconectar a los proveedores de energía.
Lo anterior, fue considerado como un criterio que claramente favorece a la CFE.
Desde el 22 de junio, la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) interpuso una controversia constitucional, al considerar que esta iniciativa viola los artículos 16, 28 y 133 de la Constitución.
El argumento de la COFECE, fue el siguiente:
COFECE y Suprema Corte
Por otra parte, lo que la COFECE y la Suprema Corte le han dicho a la 4T:
Finalmente, ¿Quiénes votaron a favor y quienes en contra de la iniciativa propuesta por el Poder Ejecutivo?