A partir de este viernes entraron en vigor las nuevas restricciones sanitarias para los establecimientos comerciales de los 84 municipios del estado ante el incremento en el número de casos de COVID-19.
A través de las restricciones, publicadas por la Secretaría de Salud de Hidalgo (SSH) en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH), se definieron los aforos de los giros comerciales, los horarios de cierre y cuáles son aquellos que se encuentran suspendidos.
Así los restaurantes, restaurante bar, cocinas económicas y demás que expendan alimentos de consumo en el lugar se concede el 60 por ciento de aforo, grupos de máximo seis personas por mesa, uso correcto y obligatorio del cubrebocas incluyendo niños, la venta de bebidas alcohólicas solo por copeo y con venta obligatoria de alimentos, zonas de juegos infantiles cerradas, sin comensales en el interior del establecimiento a la hora del cierre, horario de servicio en sitio de las 7:00 a las 22:00 horas, alimentos para llevar hasta las 0:00 horas y alimentos de bebida en la vía pública solo para llevar desde las 6:00 hasta las 0:00 horas.
Sin embargo, los antros, centros nocturnos, juegos electrónicos, áreas de juegos infantiles, eventos masivos, cívicos, ferias, carnavales y peregrinaciones quedan suspendidos.
Por su parte, los bares y cantinas tendrán un aforo del 60 por ciento, venta de bebidas alcohólicas por copeo y por personas, grupo máximo de seis personas por mesa y cierre a las 22:00 horas.
En los salones de fiesta y similares se concedió su operación con un aforo máximo del 60 por ciento, bebidas alcohólicas solo por copeo por persona, sin pista de baile y cierre a las 01:00 horas. Todo evento será reportado previamente a la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Hidalgo para su verificación.
Las medidas establecen que los centros educativos la reapertura paulatina será de acuerdo a las disposiciones de la autoridad competente. Las escuelas que no acaten las disposiciones de la Secretaría de Salud y la Secretaría de Educación serán sujetas a las sanciones administrativas previstas en la Ley de Salud.
Asimismo, en los hoteles y establecimientos para hospedaje, su aforo máximo será del 60 por ciento, el servicio de alimentos con las restricciones que aplican a restaurantes, restaurante bar, cantinas y bares, cierre de áreas comunes y amenidades y el servicio de salones y fiestas con las restricciones que aplican a este giro.
Los balnearios, parques acuáticos y centros recreativos tendrán un aforo del 60 por ciento, su cierre máximo será a las 21:00 horas y tienen prohibido el consumo de bebidas alcohólicas en las áreas de jardines y albercas, en restaurantes, bar y hospedaje al interior de los balnearios se aplicarán las restricciones de este sector.
Las plazas comerciales y tiendas departamentales se establece que deben priorizar los servicios a través de las plataformas digitales, se concede su apertura con aforo del 60 por ciento de su capacidad máxima, se concede la entrada a dos personas por familia, uso obligatorio del cubrebocas incluyendo niños y cierre de establecimientos a las 22:00 horas.
En los mercados y tianguis su aforo máximo será del 60 por ciento, prioridad a tianguistas del estado de Hidalgo, se concede la entrada a dos personas por familia, uso obligatorio del cubrebocas incluyendo niños y cierre de establecimientos a las 20:00 horas.
Los supermercados y tiendas de conveniencia tendrán un aforo máximo del 60 por ciento, se concede la entrada a dos personas por familia, uso obligatorio del cubrebocas incluyendo niños y cierre de establecimientos a las 22:00 horas.
A las casas de juego (casinos), boliches y billares se concede su apertura n con un aforo del 40 por ciento, cierre máximo de billares y boliches 22:00 horas, cierre máximo de casinos 0:00 horas;
En los Gimnasios y clubs deportivos se concede su operación con 50 por ciento de capacidad en espacios cerrados; en espacios abiertos se concede su operación con 60 por ciento, deben tener cita previa y cierre máximo a las 22:00 horas.
Las medidas precisan que los eventos deportivos profesionales y amateur se deberán llevar a cabo a puerta cerrada; los salones de belleza, barberías y estéticas se concede un aforo máximo del 60 por ciento con cita previa y cierre máximo a las 22:00 horas. En cinemas y autociemas, teatros, museos y eventos culturales se concede aforo máximo del 60 por ciento; casinos 40 por ciento; boliches 40 por ciento.
Finalmente, centros religiosos, iglesias y templos tendrán un 30 por ciento de aforo y deben observar las medidas de seguridad sanitaria; en los pueblos mágicos la operación de giros comerciales será de acuerdo a las medidas establecidas.
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