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Hidalgo

Calificar proceso parlamentario en la ILE no toca a tribunales electorales

La Sala Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) 

Confirmó la sentencia que desechó la queja de los diputados locales panistas Asael Hernández Cerón, Claudia Lilia Luna Islas y María Teodora Islas Espinoza contra la sesión en la que fue aprobada la Interrupción Legal del Embarazo (ILE).

Al igual que determinó el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) en el JDC-118/2021, los magistrados regionales consideraron que la queja de los albiazules, quienes acusaron no haber podido votar el 30 de junio el dictamen de las reformas al Código Penal y la Ley de Salud, corresponde a asuntos internos parlamentarios, no a un tema comicial.

Con la resolución del juicio ciudadano ST-JDC-616/2021, el órgano jurisdiccional regional desestimó la intención de los panistas por revertir la sesión en la que se despenalizó el aborto hasta las 12 semanas de gestación, se redujeron las penas cuando se configurara como un delito y se estableció el derecho a acceder de manera gratuita a la interrupción del embarazo en los términos que marca la ley.

“No es posible que exista o que se tenga el alcance de que un medio de impugnación en materia electoral pudiera privar de efectos el decreto o un dictamen legislativo por las circunstancias que se alegan”, señaló el magistrado ponente Alejando David Avante Juárez, quien reiteró que se trata de materia parlamentaria.

El pasado 4 de agosto, los diputados panistas y de otras fracciones legislativas interpusieron ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una acción de inconstitucionalidad contra la aprobación de la ILE.

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