La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la penalización del aborto en el país. Este martes, el Pleno de la SCJN determinó invalidar el artículo 196 del Código Penal de Coahuila que imponía una pena de uno a tres años de cárcel a las mujeres que decidieran interrumpir su embarazo por cualquier razón.
Por ser una decisión unánime, con los diez votos de los ministros de la Suprema Corte, la determinación deberá homologarse en el país. Así, la resolución abre una puerta para que cualquier mujer del país solicite un amparo en caso de recibir una condena por decidir abortar en la etapa inicial del embarazo.
Ayer, ocho ministros de la SCJN ya habían fijado su postura por despenalizar el aborto en el país. Este martes, la ministra Margarita Ríos-Farjat defendió el derecho de las mujeres por decidir sobre su cuerpo. Asimismo, recordó que la Constitución no prohíbe el aborto, por lo que castigar la práctica con cárcel viola los derechos de las personas gestantes.
Por su parte, el ministro presidente Arturo Zaldívar aseguró que se trata de un “día histórico” para las mujeres mexicanas. “A partir de ahora, se inicia una nueva ruta de libertad, de claridad, de dignidad y de respeto a todas las personas gestantes, pero sobre todo a las mujeres”, comentó.
- Te puede interesar: Segundo Simulacro Nacional 2021 se realizará el 19 de septiembre
Imágenes vía Twitter