Al no haber demostrado más allá de toda duda razonable la responsabilidad de Fernando N.N. en el homicidio de Gerardo N.N., el Tribunal de Enjuiciamiento integrado por los jueces Jesús Anim Ope Islas, Celsa Aguilar Flores y Martha Ydalia Hernández Ramírez, emitieron un fallo absolutorio y ordenaron su inmediata libertad.
La madrugada de este jueves, el Tribunal de Enjuiciamiento coincidió con el abogado defensor de Fernando N.N. en el sentido que el único hecho probado es el asesinato del hijo del exrector universitario; sin embargo, su muerte sigue impune debido a que el Ministerio Público “no realizó actos de investigación para saber quién privó de la vida a Gerardo S.C.”.
Tras más de 50 horas de juicio oral en el que se desahogaron los testimonios de 45 personas entre peritos en criminalística, balística, genética forense, así como de personas que auxiliaron a la víctima luego de haber sido herido con arma de fuego al salir del rancho Yemila propiedad de la familia Sosa Castelán se llegó a la conclusión que el Ministerio Público no logró probar “más allá de toda duda razonable la responsabilidad del acusado, por el contrario hubo testimonios contradictorios y pruebas que fueron presentadas que carecen de valor probatorio.
En los alegatos de cierre, el abogado de la defensa, Baldomero Mendoza, solicitó al Tribunal de Enjuiciamiento no considerar el cateo realizado por ocho agentes de investigación, dos peritos y una comandante, toda vez que el mismo fue ejecutado sin las formalidades que establece la legislación, por el contrario, fue “ilegal e ilícito”, ya que participaron como testigos dos agentes de investigación que también fueron parte en revisión al domicilio donde fue localizada un arma calibre .45.
Los jueces dieron la razón a la defensa y explicaron que los testigos en el cateo no pueden recaer en elementos de la autoridad que lo realiza, en consecuencia, carece de valor probatorio.
Aunado a ello, señalaron “suponiendo sin conceder que el arma hubiera sido obtenida de manera lícita, el Ministerio Público no pudo probar que los casquillos hubieran sido percutidos por la misma arma de fuego.
Además del cateo, el Tribunal de Enjuiciamiento no dio valor a las pruebas en materia de psicología forense, toda vez que señalaron el testigo se “contradijo y tampoco se acreditó el odio y rencor de Fernando hacia Gerardo”.
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