Esta tarde, se informó que el Tribunal de Enjuiciamiento decretó la libertad de Fernando Ríos Maqueda. A su vez, se explicó que la Procuraduría de Hidalgo (PGJEH) no presentó pruebas idóneas ni suficientes para acreditar la presunta responsabilidad del acusado como autor directo del homicidio de Gerardo Sosa Cravioto; además, desestimaron el cateo, el arma homicida, el retrato hablado y algunas testimoniales de peritos y agentes de investigación que testificaron en contra.
De acuerdo con la información divilgada, la madrugada del pasado jueves 7 de abril, los jueces Jesús Anim Ope Islas, Marta Idalia Hernández Martínez y Celsa Aguilar Flores, decretaron la inmediata libertad de Fernando; sin embargo, fue hasta este miércoles cuando ocurrió la lectura y explicación de sentencia.
En la audiencia que inició a las 9:00 horas y concluyó cerca de las 12:30 horas, la jueza Martha Idalia, en su calidad de relatora, señaló que no se acreditó el móvil de odio o venganza como lo señaló en su momento la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo (PGJEH) y, por el contrario, a través de los testimonios se acreditó una relación de amistad entre Sosa Cravioto y Ríos Maqueda.
Al finalizar la audiencia, Fernando Ríos expresó que continúa en análisis la solicitud de una reparación del daño, así como fincar responsabilidades a las personas que participararon en las diligencias o testificaron en el juicio y cuyas pruebas fueron desechadas por el Tribunal de Enjuiciamiento.
Cabe destacar, que a partir de la lectura de sentencia que ocurrió este miércoles, existe un plazo de 10 días en la que la Procuraduría de Hidalgo (PGJEH) podría impugnar la decisión de las autoridades judiciales.