El gobierno municipal informó que la infracción que aplicaron elementos de la Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito Municipal de Tepeji del Río a un operador de transporte público de pasajeros es legal, esto tras la circulación de un vídeo del hecho en redes sociales.
Señala que dentro de las acciones que se llevan a cabo en materia de Prevención del Delito se encuentra la implementación de dispositivos de revisión de vehículos particulares, motocicletas y transporte público y la realización de operativos pie-tierra, donde se interviene a personas con actitud sospechosa.
Acciones, se asegura, que han derivado en aseguramiento de posibles narcomenudistas, recuperación de vehículos con reporte de robo y la puesta a disposición de la Secretaría de Movilidad y Transporte de Hidalgo a unidades de transporte público que infringen las leyes, al conducir de manera imprudente, invadir rutas o conducir en estado inconveniente, entre otras.
En el caso del operador de la unidad de transporte público de la ruta “El Caracol” que se identificó con el nombre de iniciales J. R. R., la alcaldia precisó que este no presentó la documentación correspondiente para poder realizar las funciones de operador de transporte público de pasajeros.
“Por lo que se procedió a realizar una infracción en base a los artículos 34 y 106 fracción II del Reglamento de Tránsito Municipal vigente en Tepeji del Río de Ocampo”.
Y se expone que sería erróneo confundir la actuación policial, con base en las facultades en Leyes y Reglamentos que le rigen y la operatividad y acciones en materia de prevención del delito, con temas políticos.
Por ello, se niega lo señalado en el video que circula en redes sociales donde se atribuye la infracción a que la unidad de transporte público portaba propaganda política.
Así, se argumenta que, con base en la Fracción XXXV artículo 154 de la Ley de Movilidad y Transporte para el Estado de Hidalgo, está prohibido a los concesionarios, a los permisionarios, y a los titulares de autorizaciones y convenios, así como a sus conductores y empleados… colocar o difundir propaganda electoral en los vehículos o unidades de transporte público, cualquiera que sea su diseño o presentación.
Y aclaran que es la Secretaría de Movilidad de Hidalgo la única dependencia facultada para iniciar el procedimiento sancionatorio de acuerdo con estos señalamientos y pruebas vertidas en redes sociales.
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