El día de ayer, se confirmó ante el congreso local de Hidalgo la Ley de Violencia Vicaria, impulsada por la diputada Erika Rodríguez, quien calificó el hecho como un gran avance que se logró con la voluntad política y sobre todo con la responsabilidad de las y los legisladores integrantes de la LXV Legislatura, dando pasos firmes para hacer realidad un trabajo legislativo con perspectiva de género, que, como en este caso, se dirija hacia la erradicación, de la violencia de género.
Erika Rodríguez, indicó que hay algunas voces que se han manifestado, sugiriendo que la reforma está incompleta, sin embargo, recordó que Hidalgo es la tercera entidad en legislar sobre la violencia vicaria y que es un tema nuevo en México, jurídicamente hablando.
Destacó que la ley puede seguir perfeccionándose para proteger a las mujeres que sean víctimas de esta conducta y, por supuesto, con la disposición de estar abiertos a escuchar las propuestas que con toda responsabilidad y sensatez busquen mejorar la normatividad vigente.
También, agregó que de manera lamentable se observa que siguen existiendo casos de violencia vicaria en Hidalgo y explicó que apenas el día viernes se hizo de conocimiento de la opinión pública, la protesta contra este tipo de violencia que se realizó en Tulancingo, en donde, como en muchos casos, los hombres han logrado que sus exparejas no puedan ni siquiera ver a sus hijos, a veces con la ayuda de juzgadores que les otorgan la razón legal, valiéndose del desconocimiento de la aplicación de las leyes al respecto.
De igual manera, indicó que las penas para quien cometa el delito de violencia vicaria de acuerdo con el Código Penal son de uno a seis años de prisión, el pago de una multa de 50 a 100 días y perderá el derecho de pensión alimenticia, en caso de que lo tenga. Asimismo, el agresor se sujetará a tratamiento psicoterapéutico reeducativo especializado para personas agresoras.
Finalmente, dijo que es importante mencionar que la Ley para la Familia del Estado de Hidalgo, en su artículo 242, estipula que la patria potestad se pierde, entre otras causales, por cometer conductas de violencia familiar descritas en el artículo 243 Bis, del mismo Código Penal, artículo que incluye la violencia vicaria, esta disposición busca proteger a las niñas o niños del agresor y conservarlo con su madre o con quien el juzgador determine atendiendo al interés superior de la niñez.
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