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Feminicidio a la baja en Hidalgo, suman seis carpetas de investigación

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Las carpetas de investigación iniciadas por feminicidio en la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo disminuyeron a la mitad entre enero y junio de este año en comparación con el mismo periodo de 2021.

El reporte de incidencia delictiva del fuero común 2022, realizado por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, señala que en los primeros seis meses de este año se iniciaron en Hidalgo seis carpetas de investigación por el delito de feminicidio, mientras que en el mismo periodo de 2021 sumaban 11, lo que representa una disminución de cinco casos.

De acuerdo con las estadísticas del Secretariado, en enero se inició en la Procuraduría una carpeta de investigación, en febrero dos, en marzo ninguna, en abril una, en mayo tampoco se inició ninguna y en junio dos.

Datos de la Procuraduría General de Justicia del estado precisan que los casos de feminicidio en Hidalgo se han presentado en los municipios de Yahualica, Atotonilco de Tula, Ixmiquilpan, Pachuca, Tizayuca y Tulancingo.

El Código Penal para el Estado de Hidalgo establece que comete el delito de feminicidio quien por razones de género prive de la vida a una mujer y se le impondrá sanción de 25 a 50 años de prisión y de 300 a 500 días multa.

Se entiende que existen razones de género cuando se esté en presencia de cualquiera de las siguientes circunstancias: la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo; a la víctima se le hayan infligido lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones, previamente a la privación de la vida, o se realicen marcas infamantes o degradantes sobre el cadáver o este sea mutilado; existan datos que establezcan que se han cometido amenazas, hostigamiento o aprovechamiento sexual, violencia o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima.Además, que el cuerpo de la víctima sea expuesto o arrojado en un lugar público; la víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a su fallecimiento; habiendo existido entre el activo y la víctima alguna de las siguientes relaciones: sentimental, afectiva, de confianza, de parentesco o de hecho; o habiendo existido entre el activo y la víctima una relación laboral o docente que implique subordinación o superioridad

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