Reafirmando el compromiso con la ciudadanía de salvaguardar la vida de las personas, el presidente municipal, Israel Félix Soto, puso en marcha el Reglamento de Movilidad, Tránsito y Vialidad para Mineral de la Reforma a través del programa “Contigo Seguro” a partir del 16 de noviembre del 2022 con la finalidad de garantizar una movilidad segura para los ciudadanos como lo establece el Plan Municipal de Desarrollo 2020 – 2024 en su eje 5.2.
Mediante este programa se fortalecerá la prevención de accidentes vehiculares, además de reforzar la seguridad ciudadana, limitando conductas de riesgo causantes de lesiones implementando acciones estratégicas para que los habitantes puedan trasladarse dentro de Mineral de la Reforma evitando accidentes por exceso de velocidad, así como reducir el número de defunciones y lesiones.
El Plan Municipal de Desarrollo establece políticas públicas que limiten conductas de riesgo implementando la prevención de accidentes vehiculares con operativos que tengan por objeto concientizar a los ciudadanos a ser responsables en la conducción de un vehículo y la armonización con la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, a través de la gestión de la velocidad.
Derivado de que existe una falta de seguridad vial, se genera un problema de salud pública y de desarrollo, no solo generando pérdidas materiales y recursos, sino también de vidas o lesiones permanentes.
Por ello, en conjunto con la Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito municipal, el programa tendrá como objetivo el control de velocidad, así como evitar la violación al reglamento de vialidad y tránsito. En las principales vialidades se instalarán radares preventivos en el que los policías a cargo, infraccionarán a quienes excedan el límite de velocidad e infrinjan el reglamento; cuando las infracciones por exceso de velocidad sean detectadas en los operativos de control vial, se mantendrá el 50% de descuento si es pagada dentro de los primeros 5 días y de 30% de descuento al pagar después de 5 días y antes de los 15 días siguientes; toda multa deberá ser pagada antes de treinta días contados a partir de la fecha de la infracción, después de este plazo, el infractor deberá pagar recargos conforme a la Ley de Ingresos del Municipio, en el ejercicio que corresponda.